NIIF 16 y su impacto financiero en las empresas arrendatarias:

Anteriormente con la NIC 17, las empresas arrendatarias reconocían el Arrendamiento Financiero como activo y pasivo en el Estado de situación financiera y el gasto de su depreciación en el Estado de Resultados. El Arrendamiento Operativo no se reconocía en el Estado de Situación Financiera y sus pagos se registraban directamente en el gasto operativo.

Sin embargo, desde la perspectiva financiera un contrato por arrendamiento operativo (alquiler) de un bien mueble o inmueble es económicamente similar a financiar la compra de ese activo con deuda (Arrendamiento financiero). En ambos casos, aunque la empresa no sea propietaria legal del activo arrendado, tiene el control del activo y una obligación de pago futuro durante el periodo del arrendamiento. Esto significa que la empresa puede beneficiarse económicamente de su uso, lo cual es una de las características esenciales de un activo según las normas contables.

Antes de la NIIF 16, los arrendamientos operativos no se reflejaban en el Estado de Situación Financiera, lo que podía llevar a subestimar tanto los activos como los pasivos de una empresa. Esto también dificultaba la comparación entre empresas que adquirían activos mediante arrendamiento frente a aquellas que los compraban directamente. Reconocer el derecho de uso del activo en el Estado de Situación Financiera proporciona una visión más clara de los recursos que controla la empresa y de sus obligaciones financieras.

Por esta razón, la NIIF 16 a eliminado la distinción entre arrendamiento operativo y arrendamiento financiero que existía bajo la NIC 17. Considera que los Arrendatarios (Empresas) están obligados a reconocer inicialmente un activo por derecho de uso y un pasivo por arrendamiento para reflejar mejor la situación financiera de la empresa.

Los impactos financieros en los indicadores claves de una compañía son los siguientes:

EBITDA: Los arrendamientos operativos estaban considerados como gastos dentro del EBITDA, ahora se convierten en depreciación e intereses; salen del EBITDA y lo mejoran. Esto mejora la rentabilidad operativa y la capacidad de generar flujo de caja operativo.

Ratio de endeudamiento (Deuda / Patrimonio): Al reconocer el pasivo por arrendamiento genera un mayor endeudamiento y puede influir en las percepciones de los acreedores y accionistas sobre el riesgo financiero de la empresa. Hay empresas que tienen que cumplir con los Covenants y evaluar los impactos de estos cambios.

ROA (Beneficio Neto / Activo Total): El incremento en los activos totales (por el reconocimiento del activo por derecho de uso) puede reducir el ROA, ya que este indicador mide la rentabilidad generada sobre los activos. Con mayores activos, el ROA podría disminuir, incluso si las ganancias no cambian.

Flujo de caja operativo: Con la NIIF 16, los pagos de arrendamiento se clasifican como salidas de efectivo en actividades de financiación en lugar de operativas. Esto mejora el flujo de caja operativo y la percepción de la liquidez y la capacidad de la empresa para generar efectivo a partir de sus operaciones.

Diferencia de cambio: Cuando los pagos del arrendamiento se fijan en una moneda que no sea la moneda funcional de la entidad, el pasivo por arrendamiento reconocido puede estar expuesto al riesgo cambiario,

Para las compañías donde este pasivo sea significativo se podría reducir el riesgo de las fluctuaciones en el tipo de cambio optando por cambiar la moneda del contrato a la moneda funcional de la compañía o aplicando estrategias de cobertura, como contratos de derivados (ej. forwards o swaps de divisas), para mitigar el impacto de las fluctuaciones del tipo de cambio.

Valoración de las empresas: El aumento del EBITDA por la aplicación de la NIIF 16 puede hacer que una empresa parezca más valiosa cuando se utiliza el método de múltiplos comparables del EBITDA. Sin embargo, es importante ser consciente de que este aumento en el EBITDA no refleja una mejora real en el flujo de caja libre de la empresa, sino un cambio contable. Es crucial que los analistas ajusten sus valoraciones y no simplemente apliquen múltiplos tradicionales sin tener en cuenta estos efectos contables.

CPCC Miguel Izquierdo

¿Es válido usar el tipo de cambio de la página de la SUNAT en transacciones con moneda extranjera? ¿Por qué difiere el tipo de cambio de la Página de la SBS y la Página de la SUNAT?

Cuando se realizan operaciones en moneda extranjera entre el cliente y proveedor estas operaciones deben ser convertidas a moneda nacional para determinar la base imponible del IGV y se debe usar el tipo de cambio venta publicado por la SBS en la fecha de nacimiento de la obligación, a excepción de las importaciones que se aplica la fecha de pago.

Hay compañías que en sus sistemas contable y facturación jalán en automático o registran manualmente el tipo de cambio venta publicado en la página de la SUNAT, sin embargo hay otras compañía que usan el tipo de cambio publicado en la página de la SBS, esto genera una diferencia en el pago de detracciones e impuestos y muchas veces el cliente llama al proveedor reclamando el uso de un tipo de cambio distinto, en el comprobante de pago, al que ellos usaron.

La diferencia se da porque la SBS publica en su página web el tipo de cambio de un determinado día en el transcurso de la tarde, esta publicación se hace oficial en el diario “El Peruano” al día siguiente, es ese tipo de cambio oficial el que toma la SUNAT para publicarlo en su página web, por lo tanto se genera el desfase de un día entre la publicación de la página de web de la SBS y la página web de la SUNAT generando diferencias cambiarias.

SUNAT ya se pronunció al respecto en el 2009 y mediante el INFORME N.° 200-2009-SUNAT/2B0000 considera válido utilizar indistintamente el tipo de cambio venta publicado por la SBS en su portal institucional o en el diario oficial “El Peruano”

Tratándose de la Diferencia de Cambio para determinar el Impuesto a la Renta correspondiente al cierre de operaciones de la fecha del balance general, para las cuentas del activo se aplicará el tipo de cambio compra y para las cuentas del pasivo el tipo de cambio venta, de acuerdo con la publicación que realiza la SBS. Aquí también se considerará el tipo de cambio que la SBS publique en su página web o en el Diario Oficial “El Peruano”. (art. 34º del RLIR).